Conozca sus derechos

Written on 01/26/2025
Mien Patrick Mombo

La información proporcionada a continuación se puede encontrar en: https://www.nj.gov/humanservices/njnewamericans/newcomers/docs/KnowYourRights-com_en.pdf
Esta hoja informativa proporciona únicamente información general. Esta hoja informativa no ofrece asesoramiento legal y no sustituye la ayuda legal. La situación de cada persona es diferente. Por favor, consulte a un abogado para obtener asesoramiento legal sobre su situación.

Conozca sus derechos

Independientemente del estatus migratorio, todas las personas que viven o visitan Nueva Jersey tienen derechos. Los materiales a continuación están diseñados para ayudarle a comprender sus derechos y responsabilidades. Tenga en cuenta que las hojas informativas solo brindan información general y no brindan asesoramiento legal ni sustituyen la ayuda legal.

fuente: Office of New Americans | Know Your Rights


Conozca sus derechos: Derechos de los inmigrantes
Toda persona que viva o visite Nueva Jersey tiene derechos independientemente de su ciudadanía o estado migratorio. La siguiente información está diseñada para ayudarle a comprender sus derechos y responsabilidades cuando interactúe con agentes de inmigración, principalmente con oficiales de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) o oficiales de Protección Fronteriza y Aduanera de los EE.UU. (CBP, por sus siglas en inglés).

Tenga en cuenta que ICE puede ingresar a cualquier espacio público sin necesidad de una orden judicial. Los espacios públicos pueden incluir: áreas específicas en el lugar de trabajo, vestíbulo de oficinas, supermercados, tiendas minoristas o áreas de comedor en restaurantes.


Si encuentra a un agente de inmigración u otro oficial de la ley en un espacio público:
• Puede pedir ver su placa o identificación. Si no está seguro si el oficial es un agente de inmigración, puede preguntar a qué agencia representa y específicamente si son agentes de inmigración federales.
• Puede preguntar si es libre de irse.
• Tiene derecho a permanecer en silencio y no está obligado a responder preguntas. Puede decirle al agente de inmigración que elige permanecer en silencio.
• Si no es ciudadano de los EE.UU. y un agente de inmigración le solicita sus documentos migratorios, debe mostrarlos si los tiene consigo. Si no tiene documentación en el momento del encuentro, puede decirle al agente que desea permanecer en silencio o que desea consultar con un abogado antes de responder cualquier pregunta.

– Lleve consigo una identificación válida emitida por el gobierno de los EE.UU. en todo momento.
– Si tiene documentación migratoria, lleve consigo sus papeles migratorios válidos, incluida su tarjeta de autorización de empleo y copias de sus formularios I-94 y Notificaciones de Comparecencia.
– Los documentos extranjeros deben permanecer asegurados en su hogar en todo momento.
– No lleve documentos falsos o fraudulentos y nunca proporcione documentos falsos o fraudulentos a un oficial de policía o agente de inmigración.

• Si un agente de inmigración le pregunta si puede registrarlo, tiene derecho a decir que no. Por lo general, los agentes no tienen derecho a registrarlo a usted o sus pertenencias sin su consentimiento, una orden válida o causa probable. Sin embargo, si un oficial o agente lo registra de todos modos, no resista. Puede decir: "No doy mi consentimiento para un registro. Deseo permanecer en silencio. Deseo hablar con un abogado lo antes posible".
• Puede solicitar un intérprete si no hablan su idioma.


Si los agentes de inmigración llegan a su hogar:
• Puede pedir ver su placa o identificación. Si no está seguro si el oficial es un agente de inmigración, puede preguntar a qué agencia representa y específicamente si son agentes de inmigración.
• Puede preguntar a los oficiales o agentes por qué están allí.
• Deben tener una orden judicial válida para entrar. Si no presentan una orden, generalmente no tiene que abrir la puerta.
– Si los oficiales o agentes dicen que tienen una orden, puede pedir verla (por ejemplo, a través de una ventana o deslizándola debajo de la puerta) antes de permitirles entrar.
– Si la orden es emitida por un tribunal, está firmada por un juez y dice "U.S. District Court" o identifica un tribunal estatal en la parte superior, el oficial o agente puede ingresar a su hogar. Si el documento no está firmado por un juez, no está obligado a permitirles entrar. Puede decir: "No se les permite entrar".
– Una orden administrativa sola no permite a los agentes ingresar a áreas privadas sin su permiso. Las órdenes administrativas no provienen de un tribunal. Estas dicen "Department of Homeland Security" y están en formularios I-200 o I-205.
– Los agentes de inmigración pueden ingresar sin su permiso en caso de emergencia, como una amenaza a la seguridad pública o a la vida de alguien. Sin embargo, aún tiene derecho a permanecer en silencio y documentar la interacción, incluida la grabación (siempre y cuando no interfiera con sus actividades de cumplimiento de la ley).
• Si los oficiales o agentes fuerzan su entrada, no resista. Puede decir: "No se les permite entrar. No doy mi consentimiento para un registro. Deseo permanecer en silencio. Deseo hablar con un abogado lo antes posible".
• Puede solicitar un intérprete si no hablan su idioma.


Si es detenido:
• No intente resistir el arresto.
• Tiene derecho a solicitar hablar con un abogado. Puede encontrar servicios legales gratuitos aquí.
• No tiene que decir nada, responder preguntas, tomar decisiones o firmar documentos antes de hablar con su abogado.
• Tiene derecho a solicitar un intérprete.
• Nadie puede obligarle a tomar una decisión final o firmar un documento si no lo comprende completamente.
• Si no está seguro de si alguien está detenido y dónde se encuentra, puede utilizar el localizador de detenidos de ICE.

 

Directiva de Confianza para Inmigrantes de Nueva Jersey:
• La Directiva de Confianza para Inmigrantes de Nueva Jersey limita el tipo de asistencia voluntaria que los oficiales de la ley de Nueva Jersey—estatales, del condado y locales—pueden brindar a las autoridades federales de inmigración.
• Generalmente, los oficiales de la ley de Nueva Jersey no pueden detener, interrogar, arrestar, registrar o detener a ninguna persona únicamente por su estado migratorio.
• Tampoco pueden indagar sobre el estado migratorio de ninguna persona y, por lo general, no pueden participar en operaciones de cumplimiento de inmigración civil.
• Para más información sobre la Directiva de Confianza para Inmigrantes, visite:
https://www.njoag.gov/trust/.


Evite ser víctima de fraude:
Individuos sin escrúpulos que se hacen pasar por "consultores de inmigración", "notarios" o "abogados" afirman falsamente que pueden proporcionar servicios de inmigración. Solo los abogados y representantes acreditados por USCIS están autorizados para preparar documentos legales, dar asesoramiento legal o representar a clientes en procedimientos legales.
• Un abogado debe tener una licencia válida para ejercer la abogacía.
• Puede denunciar estafas de inmigración al Departamento de Asuntos del Consumidor de Nueva Jersey (DCA): 1-800-242-5846.

Recursos adicionales:
Programas de Servicios Legales de la Oficina de Nuevos Americanos.
Localizador de detenidos de ICE.
• Proveedores de servicios legales gratuitos.